PROCESO DE ELABORACIÓN DEL PDA DE TEMUCO Y PADRE LAS CASAS.
La ex Comisión Regional del Medio Ambiente, COREMA, de la Región de La Araucanía, en sesión del 28 de julio de 2004, acordó solicitar la declaración como Zona Saturada por Material Particulado Respirable (MP10) a las comunas de Temuco y Padre Las Casas. La solicitud se fundamentó en los registros obtenidos mediante el monitoreo oficial de MP10 (acorde a lo establecido en el D.S. 59/98) desde el año 2000 en adelante, en los que se constató superación de la norma primaria de MP10 en los años 2001, 2003 y 2004.
En virtud de aquello, en el mes de marzo del 2005 se envía a Contraloría el Decreto Supremo que declara a las comunas de Temuco y Padre Las Casas como zona saturada por MP10 promedio diario, para luego, en mayo del mismo año, publicar en el Diario Oficial el Decreto Supremo Nº 35 que declara a las comunas de Temuco y Padre Las Casas en dicha condición.
Una vez realizada la declaratoria de zona saturada, y conforme a lo establecido en los artículos 32 y 44 de la Ley N°19.300, y en el Decreto Supremo Nº 94 de año 1995 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, se da inicio a la elaboración de un Plan de Descontaminación Atmosférica, en adelante PDA, a través de Resolución Exenta Nº1.194, publicada en el Diario Oficial el 12 de agosto de 2005.
Desde ese momento, hasta la época actual, fue necesario ejecutar una serie de acciones y de pasos necesarios para contar el día de hoy con un Plan de Descontaminación Atmosférica que de respuesta, en el mediano plazo, a la problemática de la calidad del aire en las comunas de Temuco y Padre Las Casas y que, a su vez, sea coherente con las expectativas ciudadanas y la realidad local. Sin duda, el proceso fue más largo de lo esperado, ello dado por la complejidad del problema a resolver y la carencia de normativas acordes a la naturaleza del problema, en las cuales fue necesario avanzar de forma paralela.
Dichas acciones, en términos generales fueron las siguientes:
• Constitución del Comité Operativo del PDA.
• Constitución del Comité Ampliado.
• Generación de información base a través de la ejecución de una serie de estudios científicos y técnicos, los cuales se pueden encontrar en Documentos de Interés.
• Ejecución de Programas de educación y Participación Ciudadana. Dado que la solución al problema de contaminación del aire, cuya fuente principal es la combustión residencial de leña, requiere de un fuerte compromiso e involucramiento ciudadano, fue necesario desde una etapa temprana diseñar y ejecutar acciones tendientes a promover su participación y generar cambios conductuales respecto al “buen uso” de la leña en un amplio sentido.
• Ejecución de Consulta Pública. Una vez publicado, en el diario oficial, el extracto del Anteproyecto del PDA, se realizó el proceso de Consulta pública, tal como lo establece el Reglamento de Planes, en el periodo 1º de junio al 30 de julio de 2007.
• Presentación del proyecto PDA al Consejo Consultivo Nacional. En enero de 2009 el Consejo aprueba el Plan y entrega algunas observaciones para mejorar su aplicación.
• Presentación del proyecto definitivo PDA al Comité Interministerial. En marzo de 2009 el comité, evaluó los contenidos del proyecto del PDA y realizó algunas observaciones de carácter menor, con el objeto de presentarlo al Consejo de Directivo.
• Presentación del proyecto definitivo PDA al Consejo de Ministros (Consejo Directivo). En marzo de 2009 fue aprobado el PDA por el Consejo Directivo de la Comisión Nacional del Medio Ambiente.
• Decreto Supremo. El DS N°078 del 2009 que establece el Plan de Descontaminación Atmosférica de Temuco y Padre Las Casas, fue publicado en el Diario Oficial, previa revisión de la Contraloría General de la República, el día 03 de junio de 2010, día a partir del cual el instrumento de gestión ambiental se encuentra vigente.
Dado que Temuco y Padre Las Casas no podía seguir esperando que se concluyeran los aspectos administrativos y jurídicos para contar con el inicio formal de la aplicación del mencionado Decreto Supremo, se dio inicio durante el 2008 a la aplicación de un conjunto de medidas contenidas en el anteproyecto del PDA.
COMITÉ OPERATIVO DEL PDA.
De acuerdo al Artículo 77 de la Ley de Bases del Medio Ambiente y el Artículo 4 del D.S. 94/95, Reglamento para la formulación de Planes, se crea, en agosto de 2005, el Comité Operativo.
El Comité Operativo, en funcionamiento desde la fecha señalada, es el órgano responsable de los contenidos y ejecución del Plan, es coordinado actualmente por la SEREMI del Medio Ambiente Región de La Araucanía, y está constituido por representantes de las siguientes instituciones del Estado con competencia en la materia: Seremi de Salud, Seremi de Vivienda, Seremi de Agricultura, Seremi de Educación, Seremi de Transportes, Seremi de Gobierno, CONAF, SERVIU, SEC, CORFO, SERNAC, Gobierno Regional, Intendencia, y Municipalidades de Temuco y Padre Las Casas.
El Comité Operativo fue parte de la elaboración del PDA y desde el año 2008 en adelante se encuentra ejecutando las medidas de éste, bajo la coordinación de la SEREMI del Medio Ambiente.
Regularmente se realizan sesiones en donde se presenta la planificación y sus avances. La última actividad conjunta fue la cuenta pública anual del PDA, el día 26 de julio de 2011.
Informes de Gestión del PDA